Factura electronica

Dentro de las medidas estructurales del Plan de erradicación de la morosidad en el sector público, la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, dotada de carácter básico y, por tanto, aplícable a todas las Administraciones Públicas, tiene por objetivo impulsar el uso de la factura electrónica y crear el registro contable de facturas. Esta medida permitirá una mayor protección del proveedor, reduciendo la morosidad del sector público, y un mejor control contable de las facturas pendientes de pago, lo que contribuirá a mejorar el control del gasto público y reforzar la transparencia.

ANUNCIO

Por resolución de la Alcaldía de este Ayuntamiento de 17 de Diciembre de 2014, se acordó: La adhesión al punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración del Estado, FACe, cuya recepción de facturas tendrá los mismos efectos que los que se deriven de la presentación de las mismas en el registro administrativo. Que las facturas cuyo importe sea menor de 5.000,00.-€, impuestos incluidos, queden excluidas de la obligación de facturación electrónica.
Establecer los siguientes códigos DIR3 de este Ayuntamiento, de acuerdo con su estructura organizativa.

Código de la oficina contable: L01451053
Código del órgano gestor: L01451053
Código de la unidad de tramitación: L01451053

Estos códigos serán indispensables para la remisión de todas las facturas electrónicas.
Lo que se hace público para su difusión y conocimiento a los proveedores, de acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional 6ª de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de las facturas en el Sector Público.

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